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“SANTIAGO DEBE CONSIDERAR SU GRAN PATRIMONIO CULTURAL Y SU ATRACTIVO TURÍSTICO A LA HORA DE ESTABLECER NUEVAS FUENTES DE FINANCIACIÓN PARA EL AYUNTAMIENTO COMO LAS TASAS TURÍSTICAS”

 

María Dolores Rivera Frade, presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, pronunció esta tarde una conferencia en nuestra sede sobre fiscalidad municipal. La magistrada señaló que “el recargo del IBI a las viviendas vacías, la creación de una tasa turística o las exenciones fiscales de bienes propiedad de la Universidad, de la Iglesia, del Estado o afectos a la Defensa Nacional (como las residencias militares), son asuntos que cobran especial relevancia en una ciudad como Santiago de Compostela, cuya idiosincrasia repercute directamente en la recaudación de impuestos municipales”.

En su ponencia, incluida en el ciclo de debate de la RSEAPS “Compostela 2023-2027. Presente y futuro”, Rivera destacó que, “además del importante patrimonio cultural con el que cuenta Santiago de Compostela, la mayoría propiedad de la Iglesia, hay que tener en cuenta su gran atractivo turístico como ciudad de peregrinación”, una condición que, según la magistrada, “debe considerarse a la hora de implementar nuevas fuentes de financiación del Ayuntamiento”, entre las cuales citó “la imposición de tasas turísticas”.

                                                                                                         

La jueza, a la que acompañaron los directivos de la RSEAPS Juan Bautista de la Salle Barreiro y Luis García Varela (este último, fue el encargado de presentarla), incidió en la importancia que tienen los ingresos tributarios en la financiación de las corporaciones locales, ya que recordó que “son indispensables para que estas puedan desempeñar sus funciones y ejercer las competencias que tienen atribuidas”. Y en el caso concreto de Compostela, sometió también a debate la importancia de “encontrar un equilibrio entre la recaudación tributaria del Ayuntamiento, la autonomía y la suficiencia financiera, que debe tener garantizadas”, al tiempo que ha indicado que ese equilibrio, debe respetar los principios constitucionales “de igualdad y capacidad financiera”.

Rivera profundizó además en su intervención en la fiscalidad de Santiago, “una urbe que cuenta con más de 1.500 bienes propiedad de la Iglesia que no se destinan a una finalidad religiosa”. Por ello, analizó la interpretación de la norma que regula las exenciones fiscales del IBI, teniendo en cuenta también su condición de ciudad universitaria ya que, según ella, “cuenta con numerosos inmuebles que son propiedad de la Universidad afectos a servicios educativos -incluso residencias de estudiantes que pertenecen al Ministerio de Defensa-, que se pueden ver beneficiados, al igual que los de la Iglesia, por esas exenciones”.

                                                                                                                                                     

                                                                                                                                                                      

Por último, ha examinado los beneficios fiscales vinculados a la protección del patrimonio cultural. La magistrada valoró en qué medida el sacrificio que realizan los propietarios de los bienes declarados de interés cultural, para cumplir con su deber de conservación, se puede ver compensado con beneficios fiscales previstos en las ordenanzas municipales. Así mismo ha enumerado las consecuencias derivadas de la no creación, en Santiago de Compostela, de un tribunal económico administrativo local, a la vista de recientes pronunciamientos judiciales.

 

 

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